A/A Nombre y Apellidos
Cargo
Madrid a XX de marzo de 2008
El presente documento es una copia de la carta dirigida a D. Luis Fernández Fernández, Presidente de la Corporación de RTVE.
El Grupo Profesional de Documentalistas de RTVE DEMANDAMOS:
El reconocimiento de la formación y actividad profesional del grupo de Documentación incluyendo a este colectivo en el Grupo I.
Según la definición del convenio vigente, un Técnico de Archivo y Documentación es quien “con titulación superior y la específica de Documentación o, en su defecto, la necesaria experiencia demostrada, es responsable de la selección, ordenación, conservación y difusión de documentación que se le encomiende, debe poseer conocimientos bibliográficos, catálogos, y es de su competencia determinar los sistemas a seguir en el tratamiento de los documentos”. Esta definición encaja claramente en el Grupo I, y no en el II en el que estamos.
MOTIVOS:
1.- No se ha hecho en RTVE ninguna regulación en la clasificación profesional de este colectivo desde 1977.
En la actualidad en las universidades españolas se imparten los títulos oficiales de Diplomado en Biblioteconomía y Documentación (Real Decreto 1422/1991), Licenciado en Documentación (Real Decreto 912/1992) y Doctor en Documentación.
2.- En los acuerdos parciales alcanzados para el Convenio XVII:
A.- Se ha realizado, para nuestro desconcierto, una clasificación que no corresponde con la realidad, siendo RTVE el único organismo público que no respeta la clasificación establecida por el Estado.
En todas las administraciones públicas, sociedades estatales y televisiones autonómicas, las categorías y funciones de los documentalistas están bien definidas y representadas.
B.- Somos la única categoría del ‘Nuevo sistema de clasificación profesional’ del 2006 que ha sido reunificado en una única categoría, eliminando la posibilidad de promocionar y acceder al Grupo I, posibilidad que antes teníamos con la categoría de Técnico de Archivo y Documentación.
De acuerdo con el REAL DECRETO 917/1994 de 6 de mayo por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Ocupaciones 1994 (CON-94), vigente en la actualidad, los bibliotecarios, documentalistas y asimilados forman parte del grupo 25 de Escritores, artistas y otras profesiones asociadas a titulaciones de segundo [licenciado] y tercer ciclo universitario [doctor] y afines.
Nuestro grupo de cotización en la Seguridad Social es el 4 correspondiente a ‘Ayudantes no Titulados’, siendo el 1 el destinado a ‘Ingenieros y Licenciados’.
C.- El Grupo Profesional I requerirá una formación académica universitaria superior, lo que se corresponde con la formación mayoritaria del colectivo de Documentación de RTVE, y no con el Grupo II en el que se nos ha recluido.
3.- RTVE ha emprendido la digitalización de la producción de Informativos y la recuperación y digitalización de sus archivos, dos retos fundamentales que requieren de la implicación de los documentalistas, situando a estos profesionales en la vanguardia de los procesos de producción, transformación, gestión y comercialización de imágenes.
Según El Artículo 3 de la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, una de sus obligaciones es ‘Velar por la conservación de los archivos históricos audiovisuales’, lo que implica una inversión económica en la conservación de los fondos y en los profesionales dedicados a dichas tareas.
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Empezamos con la recogida de firmas.
No olvidéis que la hoja de firmas debe ir encabezada: Firmas para el reconocimiento de la formación y actividad profesional del grupo de Documentación y su inclusión en el Grupo I.
Esta mañana, hemos mandado la primera tanda de e-mails. Si lo habéis recibido, reenviadlo para su difusión.